PRECIOS DE TRANSFERENCIA

VINCULACIÓN ECONÓMICA POR VENTA DE MÁS DEL 50% DE LA PRODUCCIÓN A UNA MISMA EMPRESA

[Ver más]
¿QUÉ PODRÍA DESENCADENAR UNA AUDITORÍA EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA?
[Ver más]
PRECIOS DE TRANSFERENCIA

GENERA SANCIÓN LA CORRECCIÓN DE LA DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRECIOS TRANSFERENCIA, AÚN SI SE HACE ANTES DEL VENCIMIENTO DEL TÉRMINO PARA DECLARAR

[Ver más]
 
 
 
Inscríbase a Nuestro Newsletter
Nombre:
Ciudad:
 
 
PRECIOS DE TRANSFERENCIA

GENERA SANCIÓN LA CORRECCIÓN DE LA DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRECIOS TRANSFERENCIA, AÚN SI SE HACE ANTES DEL VENCIMIENTO DEL TÉRMINO PARA DECLARAR

FUENTES DOCTRINALES: Concepto DIAN 29093 del 27 de abril de 2010.

En su más reciente pronunciamiento  respecto a la sanción por corrección a la declaración informativa de precios de transferencia, la DIAN expresó:

“Para el caso, el hecho objetivo sancionable lo constituye la corrección de la declaración informativa de precios de transferencia, y si esta declaración informativa no conlleva en sí misma el pago de tributos, si contiene información que refleja la realidad económica de los contribuyentes y que resulta de importancia para el ejercicio de la acción fiscalizadora por parte de la Administración Tributaria.”

Y para finalizar concluye:

“Ahora bien, las declaraciones tributarias pueden ser corregidas con anterioridad al vencimiento del plazo para declarar, en consecuencia, la corrección de la declaración informativa de precios de transferencia de que trata el literal B), numeral 3 del artículo 260-10 del Estatuto Tributario, presentada antes del vencimiento del plazo para declarar, genera sanción por corrección en los términos previstos en la norma mencionada.”

La motivación de  la DIAN para reconocer la procedencia de la sanción fue el pronunciamiento de la Corte Constitucional, que en sentencia C-815/09 señala:

“… En realidad, dicha declaración informativa anual tiene un carácter esencial en cuanto a la determinación del impuesto de renta, al estar destinada a prevenir las elusiones y evasiones en el pago del mismo, siempre en defensa de los intereses generales de la sociedad, necesitada del recaudo para solventar el fisco…”.

A nuestro entender, la postura de la DIAN deja en claro que reviste gran importancia la prevención de conductas que atenten contra la seguridad de la información del Estado, en lo que respecta a tener certeza de las operaciones ejecutadas por los contribuyentes, la cual se vería afectada de no existir la pena sancionatoria a las correcciones, aún si tal corrección se hiciere antes de vencerse el término señalado en la norma.

Concepto DIAN 29093 del 27 de abril de 2010

www.preciosdetransferencia.com.co

Cualquier inquietud al respecto comuníquese con:
Gina Alejandra Toledo P.
Senior Precios de Transferencia
Tel: +57 (1) 2572143 / 46  Ext. 107
alejandra.toledo@tributar.com
Bogotá D.C. – Colombia.

Si desea mayor información:
Brochure precios de transferencia


 
 
 

¡CSS Válido!