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TRIBUTACIÓN DE LOS NÓMADAS DIGITALES

Sabemos que, como un efecto post pandemia, el trabajo remoto pasó de ser una solución pasajera a una realidad definitiva, convirtiéndose en una oportunidad y una herramienta efectiva para que trabajadores y empleadores sigan adelante con el desarrollo de la empresa. Así pues, el trabajo remoto más que ser una tendencia mundial, actualmente se constituyó como un movimiento laboral completo.

A raíz de este cambio de mentalidad y percepción del mundo laboral, surgió un nuevo concepto dentro del cual se enmarcan aquellas personas pertenecientes a diferentes sectores de la industria, que haciendo uso de la tecnología pueden trabajar remotamente casi desde cualquier lugar del mundo. Nos referimos a los nómadas digitales.

Los nómadas digitales no son otra cosa que, profesionales de distintos campos del saber, que desarrollan una actividad profesional de manera remota usando las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, en lugar de hacerlo en un sitio fijo de trabajo (casa, oficina, etc.). Al mismo tiempo, aprovechan esta oportunidad para conocer otros lugares del mundo, experimentando un “estilo de vida nómada”, que les permite no estar atados a una residencia fija.

Ante esta nueva realidad, a partir de la Ley 2069 del 2020, “Por medio del cual se impulsa el emprendimiento en Colombia”, se definió la obligación en cabeza del Gobierno Nacional de reglamentar un régimen especial para el ingreso, la permanencia y el trabajo en el país de los nómadas digitales, con el propósito de promover al país como un centro de trabajo remoto.

Con respecto a la tributación de los nómadas digitales, la DIAN emitió el Concepto No. 100208192-777 del 13 de julio de 2023, a través del cual resolvió algunos interrogantes frente a las obligaciones tributarias de las personas bajo esta circunstancia migratoria especial.

En primer lugar, la Autoridad Tributaria fijó los parámetros para determinar si la actividad desarrollada remotamente por este tipo de personas configuraba un Establecimiento Permanente en Colombia y los efectos toto hk fiscales que ello implicaría.

Por otro lado, aclaró que, ante la inexistencia en Colombia de un régimen tributario específico aplicable a los nómadas digitales, los mismos se encuentran sometidos a los diferentes impuestos del orden nacional y a los deberes formales relativos a éstos, en los términos regulados por la Ley.

Finalmente, en la mencionada doctrina se señaló que los nómadas digitales pueden llegar a adquirir la residencia fiscal en Colombia, en los términos del artículo 10 del Estatuto Tributario Nacional, lo cual implica que tengan que tributar por renta mundial.


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